Beneficiarios
Los propietarios y/o armadores de buques pesqueros.
Actuaciones subvencionables
Las inversiones que se realicen a bordo de los buques y que tengan las siguientes finalidades:
- Mejora del rendimiento energético.
Gastos subvencionables
Serán subvencionables las inversiones que consigan una mejora del rendimiento energético.
No serán subvencionables las inversiones que se refieran a estudios sobre la mejora del rendimiento energético del buque o auditorias energéticas, así como aquellas inversiones que impliquen la renovación total o parcial del casco.
No obstante lo anterior, sí serán subvencionables aquellas inversiones realizadas sobre el casco, que no supongan renovación total o parcial del mismo y que disminuyan la resistencia al avance del buque.
Tampoco serán subvencionables las meras sustituciones de motor.
