Beneficiarios

Sociedades mercantiles existentes o en constitución vinculadas a alguna de estas actividades,
independientemente de cualquier otra que, además, desempeñe el solicitante:
a) Servicios de implantación de sistemas tecnológicos: monitorización y control de procesos industriales, sistemas de seguimiento remoto y telecomando de procesos, sistemas mecatrónicos.
b) Ingeniería de productos y procesos industriales, ingeniería de proyectos aeronáuticos o espaciales.
c) Centros de servicios telemáticos.
d) Centros de desarrollo de software.
e) Ingeniería de ensayo y control de calidad en edificación, obra civil o industria

Gastos subvencionables

Costes salariales: serán subvencionables con carácter general, los salarios brutos del personal que se contrate durante el período de ejecución del proyecto, con el límite de un año de salario por trabajador. No obstante, en el caso que la inversión subvencionable alcance un montante superior a los salarios brutos subvencionables, el Igape establecerá la inversión subvencionable como base de cálculo de la subvención concedida. En estos proyectos, la inversión subvencionable asociada (superior a los 200.000 €) debe ser ejecutado y pagado en el período de ejecución del proyecto, estará sujeto a comprobación, y corresponderá a los epígrafes establecidos en el apartado 6.3. de estas bases.

Los puestos de trabajo creados tendrán que cumplir las siguientes condiciones:
a) Estar asociados directamente al proxecto de inversión.
b) Ser creados en el plazo de ejecución del proyecto establecido en la resolución de concesión, plazo que no superará los tres años siguientes a la finalización de la inversión.
c) Mantenerse durante un período mínimo de 5 anos para las grandes empresas y de 3 anos para las pymes, en ambos casos contado desde la finalización del plazo de ejecución del proyecto de inversión.
d) El proyecto de inversión deberá conducir a un incremento neto del número de empleados en el establecimiento de que se trate, comparado con la media de los últimos doce meses.